Informe de Evaluación de Edificios.

 

 

Los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva con una edad superior a 50 años podrán ser requeridos por la Administración competente, para que acrediten la situación en la que se encuentran aquéllos, al menos en relación con el estado de conservación del edificio y con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética de los mismos.

 

El Informe de Evaluación contendrá:

 

a) La evaluación del estado de conservación del edificio (antigüo ITE).

b) La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas. (antigüo ICE).

c) La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.

Copyright 2013 fcobelmarlizaran@gmail.com 0034 687 72 60 33 0034 965 39 81 67